En el Decreto 232/2026/ND-CP que regula los puestos de trabajo de los funcionarios públicos, el Gobierno ha emitido una lista de puestos de trabajo de funcionarios públicos especializados y profesionales en unidades de servicio público en el apéndice II adjunto al Decreto.
Para el campo de la educación y la formación, actualmente solo existen los siguientes puestos de trabajo: Profesor de preescolar; profesor de primaria; profesor de secundaria inferior; profesor de secundaria superior; profesor de preparatoria universitaria; profesor de educación continua; profesor de primaria; profesor de secundaria superior; profesor de escuela secundaria vocacional; profesor de colegio; profesor de universidad; profesor de formación y perfeccionamiento (incluidos: Profesor, profesor principal, profesor superior, profesor, profesor asociado); profesor de escuela política (incluidos: Profesor, profesor principal, profesor superior, profesor, profesor asociado); gestión de la formación; gestión de la calidad de la educación.


Los profesores solían dividirse en 3 categorías (Clase I, Clase II, Clase III) de acuerdo con las circulares que regulan los códigos y los estándares de títulos profesionales emitidos por el Ministerio de Educación y Formación.
Por lo tanto, según las nuevas regulaciones, a partir de julio de 2026 se eliminará la clasificación y se cambiarán a nuevos títulos profesionales según el Decreto 232.
Sin embargo, no todos los casos de consideración para la promoción deben detenerse para pasar al nivel profesional según el puesto de trabajo del Decreto 232, sino que habrá un período de transición para que las localidades completen los procesos, procedimientos y proyectos que se han implementado previamente.
En los casos en que las autoridades competentes hayan aprobado el proyecto de consideración para el ascenso de categoría, el plan para organizar la contratación y recepción de docentes para la consideración para el ascenso de categoría profesional docente antes del 30 de junio de 2026, se seguirá implementando de acuerdo con el proyecto y el plan aprobados hasta el 31 de diciembre de 2026.
El Decreto 232 también estipula que los niveles profesionales de cada puesto de trabajo se especifican uniformemente en la lista de puestos de trabajo y se aplican uniformemente en todo el país. Los niveles profesionales se determinan en 5 niveles (del 1 al 5), de los cuales el nivel 1 es el nivel más bajo y el nivel 5 es el nivel más alto. Esta es también la base para clasificar los salarios según el puesto de trabajo.
La aplicación de la escala salarial por nivel profesional y puesto de trabajo se lleva a cabo de la siguiente manera:
a) Nivel 1 aplica el salario de los funcionarios públicos de tipo B;
b) Nivel 2 aplica el salario de funcionario público tipo A0;
c) Nivel 3 aplicando el salario de funcionario público tipo A1;
d) Nivel 4 aplica el salario de los funcionarios públicos tipo A2, grupo 1 (A2. 1);
đ) Nivel 5 aplica el salario de los funcionarios públicos tipo A3, grupo 1 (A3. 1).