La Sra. B.T. H (Quang Ninh) reflejó que, según el párrafo 3 del Artículo 9 de la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT, el jefe del grupo profesional o el jefe del grupo de materias tiene una reducción de 3 horas/semana.
Sin embargo, el párrafo 5 del Artículo 3 de la Circular No. 21/2025/TT-BGDĐT estipula que las tareas que han recibido remuneración o subsidios no pueden convertir el tiempo de desempeño de la tarea a una lección de enseñanza o reducir el estándar de lección de enseñanza para calcular el salario por horas extras, a menos que la ley disponga lo contrario.
La Sra. H preguntó, ¿pueden los jefes de grupo profesionales en las escuelas recibir tanto subsidios como reducciones de horas de clase de acuerdo con las regulaciones de la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT?

Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación responde en el Portal de Información Electrónica del Gobierno de la siguiente manera:
El párrafo 5 del Artículo 3 de la Circular No. 21/2025/TT-BGDĐT de fecha 23 de septiembre de 2025 del Ministro de Educación y Formación que regula el régimen de pago de salarios por horas extras para los docentes en las instituciones educativas públicas establece:
Las tareas que ya han recibido remuneración o subsidios no pueden convertir el tiempo de desempeño de la tarea en horas de enseñanza o reducir las normas de horas de enseñanza para calcular el salario por horas extras, a menos que la ley disponga lo contrario".
Por lo tanto, en los casos en que la ley disponga lo contrario, las tareas que hayan recibido remuneración o complementos salariales pueden convertirse en tiempo de desempeño de la tarea a una lección de enseñanza o reducir la cuota de lección de enseñanza.
El apartado 3 del artículo 3 de la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT de fecha 7 de marzo de 2025 del Ministro de Educación y Formación que regula el régimen de trabajo para los profesores de educación general y preparatoria universitaria establece:
Cada profesor no cumpla más de 2 tareas estipuladas en los Artículos 9, 10, 11 de esta Circular. Para las tareas estipuladas en el Capítulo III de esta Circular (excepto las tareas concurrentes en los párrafos 3, 5 del Artículo 9; párrafos 1, 2, 3 del Artículo 10 de esta Circular) si ha recibido una remuneración o un subsidio, no se le permite reducir el nivel de lecciones de enseñanza o convertirlo en lecciones de enseñanza".
De acuerdo con las regulaciones anteriores, en el caso de que los maestros sean asignados para ocupar simultáneamente el cargo de jefe del grupo profesional, recibirán subsidios y se les reducirá la cuota de clase de acuerdo con las regulaciones.