El Ministerio de Finanzas acaba de emitir la Circular 58/2026/TT-BTC que guía el régimen de contabilidad para las microempresas, en sustitución de la Circular 132/2018.
La entrada en vigor es a partir del 1 de julio de 2026 y se aplica al año fiscal que comienza a partir del 1 de julio de 2026 o posterior.
De acuerdo con el Artículo 5 de la Circular 58/2026/TT-BTC que regula el método de registro de microempresas para pagar el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto sobre la renta de las empresas (TNDN) en porcentaje (%) de los ingresos de la siguiente manera:
- Columnas A, B: Registrar el número, la fecha y el mes de la factura, los documentos.
- Columna C: Registrar la interpretación del contenido profesional que genera ingresos por la venta de bienes y servicios. Dependiendo de los requisitos de gestión, las microempresas pueden registrar los ingresos por facturas y documentos o por el número total adjunto a la tabla de datos detallada sobre facturas y documentos de acuerdo con las regulaciones de la ley.
- Columna 1: Registrar la cantidad de dinero de las ventas de bienes y servicios por grupo de bienes, servicios, industrias para servir como base para determinar los ingresos por ventas de bienes, prestación de servicios con la misma tasa% para calcular el IVA o la misma tasa% para calcular el IVA. Sobre la base de los ingresos por ventas de bienes y servicios en el período, las microempresas determinan la cantidad de IVA, IVA a pagar de acuerdo con las regulaciones de la ley fiscal. La última línea registra la cantidad total de IVA, IVA a pagar en el período.
Según el Artículo 6 de la Ley de Contabilidad de 2015, los principios contables son los siguientes:
- El valor de los activos y pasivos se registra inicialmente al precio de costo. Después del registro inicial, para ciertos tipos de activos o pasivos cuyo valor fluctúa regularmente a precios de mercado y cuyo valor se puede redefinir de manera confiable, se registra al valor razonable al final del período de preparación de los estados financieros.
- Las regulaciones y métodos contables seleccionados deben aplicarse de manera consistente en el período contable anual; en caso de cambio de las regulaciones y métodos contables seleccionados, la unidad contable debe explicar en los estados financieros.
- La unidad contable debe recopilar, reflejar de manera objetiva, completa, fiel a la realidad y en el período contable en el que surgen las operaciones económicas y financieras.
- Los estados financieros deben elaborarse y enviarse a las autoridades competentes de manera completa, precisa y oportuna. La información y los datos en los estados financieros de la unidad contable deben hacerse públicos de acuerdo con las disposiciones de los Artículos 31 y 32 de esta Ley.
- La unidad contable debe utilizar el método de evaluación de activos y asignación de ingresos y gastos con cautela, sin distorsionar los resultados de las actividades económicas y financieras de la unidad contable.
- La elaboración y presentación de informes financieros debe garantizar que reflejen la verdadera naturaleza de la transacción en lugar de la forma y el nombre de la transacción.
- Las agencias estatales, organizaciones y unidades de servicio público que utilizan el presupuesto estatal, además de implementar las regulaciones en (1), (2), (3), (4), (5), (6), también deben realizar la contabilidad de acuerdo con la lista del presupuesto estatal.