La abogada Ho Thu Trang, de la firma de abogados YouMe, responde:
El apartado 10 del artículo 2 del Decreto No. 234/2026/ND-CP que regula el tratamiento disciplinario de los funcionarios públicos (vigente el 1 de julio de 2026) establece lo siguiente: Los funcionarios públicos que hayan cometido infracciones durante su tiempo de trabajo en la antigua agencia, organización, unidad hasta que sean transferidos a una nueva agencia, organización, unidad, recién descubiertos esa infracción y aún dentro del plazo de prescripción para el tratamiento disciplinario, la autoridad competente de la nueva agencia, organización, unidad llevará a cabo la consideración del tratamiento disciplinario y aplicará la forma disciplinaria de acuerdo con las disposiciones de la ley correspondientes al puesto de funcionario público que actualmente ocupa. En este caso, la antigua agencia, organización, unidad es responsable de coordinar y proporcionar todo el expediente relacionado con las infracciones de los funcionarios públicos durante el proceso de consideración y tratamiento disciplinario. Las regulaciones sobre evaluación, clasificación de calidad y otras regulaciones relacionadas se calculan en la antigua unidad.
Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2026, en el caso de que un funcionario tenga una conducta infractora durante su tiempo de trabajo en la agencia, organización o unidad anterior, después de ser transferido a la nueva agencia, organización o unidad, se descubra esa conducta infractora y todavía esté dentro del plazo de prescripción para el tratamiento disciplinario, se procederá al tratamiento disciplinario de acuerdo con las regulaciones mencionadas anteriormente.
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La columna se realizó con el apoyo de YouMe Law Company Limited.