El Gobierno acaba de emitir el Informe No. 867/BC-CP enviado a la Asamblea Nacional a los diputados de la Asamblea Nacional sobre los resultados de la implementacion de las resoluciones de la Asamblea Nacional sobre las actividades de consulta en el ambito del asunto interno.
Una de las tareas importantes que informo el Gobierno es revisar y reducir al maximo los certificados que no estan vinculados a los estandares condiciones y requisitos de los puestos de trabajo.
Con respecto a este contenido el Primer Ministro ha dirigido a las agencias pertinentes (Documento Oficial No. 3845/VPCP-TCCV de fecha 10 de junio de 2021 de la Oficina del Gobierno) el Gobierno ha emitido el Decreto No. 89/2021/ND-CP que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 101/2017/ND-CP sobre formacion y capacitacion de funcionarios publicos y empleados publicos; El Ministro del Interior ha emitido la Circular No. 02/2021/TT-BNV que regula los codigos de identificacion profesional
Al mismo tiempo la autoridad competente tambien ha emitido un documento solicitando a los ministerios que gestionen las categorias de funcionarios publicos y los titulos profesionales de funcionarios publicos especializados que construyan y promulguen urgentemente circulares enmendadas y complementen las regulaciones sobre los estandares profesionales y especializados de las categorias de funcionarios publicos y los titulos profesionales de funcionarios publicos especializados asignados para la gestion.
Entre ellos se debe tener en cuenta el contenido de las regulaciones sobre certificados de capacitacion de acuerdo con los estandares de rango de funcionario publico y los estandares de titulos profesionales de funcionarios publicos.
Para los rangos de funcionarios publicos especializados se solicita que se regulen los certificados de capacitacion en conocimientos y habilidades de gestion estatal para los funcionarios publicos que ocupan el rango correspondiente de acuerdo con las regulaciones del apartado 3 del articulo 17 del Decreto No. 101/2017/ND-CP modificado y complementado en el apartado 4 del articulo 1 del Decreto No. 89/2021/ND-CP.
Para los titulos profesionales de funcionarios publicos en la misma especialidad se solicita que se regule especificamente 01 certificado de formacion de acuerdo con los estandares de titulos profesionales de funcionarios publicos especializados (sin dividirlos por categorias de titulos profesionales como antes) o certificados de practica (si los hay) de acuerdo con las regulaciones en el apartado 4 del articulo 17 y el apartado 2 del articulo 26 del Decreto No. 101/2017/ND-CP modificado y complementado en el apartado 4 del articulo 9 del Decreto No. 89/2021/ND-CP.
Con las regulaciones sobre los estandares de competencia en idiomas extranjeros y informatica el Decreto No. 89/2021/ND-CP ha eliminado los requisitos obligatorios de certificados de capacitacion en informatica y idiomas extranjeros en la contratacion y los examenes de nivelacion y ascenso.
En consecuencia se han reducido 150 certificados incluidos 61/64 certificados de capacitacion en puestos de funcionario publico y 89/145 certificados de capacitacion en estandares y categorias de titulos profesionales de funcionarios publicos.
Los ministerios de gestion especializados investigan y regulan los estandares de competencia en idiomas extranjeros y informatica de acuerdo con los requisitos de la responsabilidad y las tareas del rango y el titulo profesional correspondientes.
Segun el Gobierno la recopilacion y revision de todos los tipos de certificados para el equipo de funcionarios publicos y empleados publicos de todo el sistema es un gran volumen de trabajo que requiere cautela y objetividad en el analisis evaluacion y evaluacion para hacer propuestas apropiadas.
Con respecto a las soluciones propuestas y recomendaciones el Gobierno instara a los ministerios y agencias de gestion especializada a completar urgentemente la enmienda y complementacion de las regulaciones sobre las escalas de funcionarios publicos y los titulos profesionales de los funcionarios publicos y a enmendar las regulaciones vigentes en la direccion de reducir al maximo los procedimientos administrativos en la contratacion y la elevacion de escalas.
No implementar la regulacion sobre el examen de ascenso de titulos profesionales para funcionarios publicos solo mantener la regulacion sobre la consideracion de ascensos avanzar hacia la investigacion y la eliminacion de la regulacion de ascensos de titulos profesionales sincronizada con la innovacion del mecanismo salarial por puesto de trabajo.