Este contenido se menciona en el Decreto No. 01/2026/ND-CP del Gobierno que implementa algunos articulos de la Ley de Participacion en las Fuerzas de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas.
Los sujetos de aplicacion son oficiales, militares profesionales, trabajadores y funcionarios de defensa, suboficiales, soldados y unidades dependientes del Ministerio de Defensa; oficiales, suboficiales profesionales, tecnicos, trabajadores de policia, soldados y unidades dependientes del Ministerio de Seguridad Publica asignados para participar; funcionarios, empleados publicos y funcionarios asignados para participar en las fuerzas de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas; agencias, unidades, organizaciones e individuos relacionados con la participacion en las fuerzas de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.
Con respecto al proceso de nombramiento, ajuste y retirada de las fuerzas armadas participantes, el Decreto estipula que cuando haya una solicitud de las Naciones Unidas, el Ministerio de Defensa preside, en coordinacion con el Ministerio de Seguridad Publica, la implementacion del proceso de nombramiento, ajuste y retirada de las fuerzas participantes en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.
Despues de que hubo una propuesta de las Naciones Unidas sobre el nombramiento, ajuste y retirada de las fuerzas vietnamitas para participar en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, el Ministerio de Defensa presidio, en coordinacion con el Ministerio de Seguridad Publica, la preparacion del expediente e informo al Gobierno.
El expediente incluye: Informe del Ministerio de Defensa Nacional presentado al Gobierno; borrador del informe del Gobierno presentado al Consejo de Defensa y Seguridad Nacional (QPAN), Presidente del Estado - Presidente del Consejo de QPAN sobre el nombramiento, ajuste y retirada de fuerzas; formulario de organizacion y personal de la unidad...
El Gobierno considera la presentacion al Consejo QPAN, al Presidente del Estado - Presidente del Consejo QPAN.
El Ministerio de Defensa Nacional preside, en coordinacion con el Ministerio de Seguridad Publica, la revision y finalizacion del expediente del Gobierno antes de que el Ministro de Defensa Nacional, en nombre del Gobierno, autorice al Primer Ministro a presentarlo al Consejo de Defensa Nacional, al Presidente del Estado - Presidente del Consejo de Defensa Nacional.
Sobre la base de la decision del Consejo QPAN y el expediente presentado por el Gobierno, el Presidente del Estado - Presidente del Consejo QPAN emitio la decision.
Basandose en la decision del Presidente del Estado - Presidente del Consejo QPAN, el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Seguridad Publica asignaron fuerzas especificas dentro de su ambito de gestion.
El Decreto estipula que antes del 15 de noviembre de cada año, el Gobierno presenta al Consejo QPAN un plan para enviar fuerzas rotatorias para reemplazar a las fuerzas que participan en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas del proximo año.
El Ministerio de Defensa preside, en coordinacion con el Ministerio de Seguridad Publica, la preparacion de expedientes e informe al Gobierno.
El Gobierno considera presentar al Consejo QPAN, al Presidente del Estado - Presidente del Consejo QPAN un plan para enviar fuerzas rotatorias y de reemplazo.
El Ministerio de Defensa Nacional preside, en coordinacion con el Ministerio de Seguridad Publica, la revision y finalizacion del expediente del Gobierno antes de que el Ministro de Defensa Nacional, en nombre del Gobierno, autorice al Primer Ministro a presentarlo al Consejo de Defensa Nacional, al Presidente del Estado - Presidente del Consejo de Defensa Nacional.
Sobre la base de la decision del Consejo QPAN y el expediente presentado por el Gobierno, el Presidente del Estado - Presidente del Consejo QPAN emitio una decision sobre el plan para enviar fuerzas rotatorias y sustitutas.