El Sr. Nguyen Xuan Mon (nombre del personaje cambiado) dijo que su unidad tiene una funcionaria que dio a luz a su tercer hijo el 12 de agosto de 2024.
Este caso no pertenece a la categoría de personas de minorías étnicas muy pequeñas y tampoco es un caso en el que no se puedan realizar las medidas anticonceptivas según las indicaciones del centro médico.
Según el Sr. Mon, a partir del 3 de junio de 2025, la Ordenanza de Población enmendada entrará en vigor, por lo que le preocupa si el caso de un funcionario que da a luz a un tercer hijo antes de este momento será considerado para medidas disciplinarias de acuerdo con el Decreto 112/2020/ND-CP o no.
En relación con las preguntas de los lectores, el Ministerio del Interior ha respondido en el Portal de Información Electrónica.
El Ministerio del Interior dijo que la Comisión Central de Inspección ha emitido la Guía No. 15/HD-UBKTTW (de fecha 20 de marzo de 2025), que estipula que los casos que no han sido disciplinados no seguirán siendo considerados (no retroactivos para los casos que ya han sido tratados anteriormente).
En el caso del Sr. (Sra.) que dio a luz a su tercer hijo antes de que entraran en vigor la Guía No. 15/HD-UBKTTW y la Ordenanza 07/2025/UBTVQH15, el Ministerio del Interior solicita estudiar la implementación de acuerdo con las regulaciones del párrafo 4 del Artículo 2 del Decreto No. 112/2020/ND-CP de fecha 18 de septiembre de 2020 sobre el manejo disciplinario de funcionarios, empleados públicos y empleados públicos (modificado en el Decreto No. 71/2023/ND-CP de fecha 20 de septiembre de 2023) que regula los principios del manejo disciplinario.
En consecuencia, al considerar el manejo disciplinario, debe basarse en el contenido, el motivo, la naturaleza, el grado, las consecuencias, las causas de la violación, las circunstancias específicas de las circunstancias agravantes y atenuantes, la actitud de recepción y corrección de la rectificación de deficiencias, violaciones y consecuencias de otros casos de acuerdo con las regulaciones del Partido y la ley se considera como base para considerar la exención de disciplina o la reducción de responsabilidad.
De acuerdo con las regulaciones del Artículo 65 y el Artículo 66 del Decreto No. 115/2020/ND-CP (modificado y complementado en el Decreto No. 85/2023/ND-CP), el Ministerio del Interior solicita al Sr./Sra. que se ponga en contacto e intercambie opiniones con la agencia de gestión de empleados públicos donde trabaja para obtener orientación.