El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El artículo 1 del Decreto No. 320/2026/ND-CP (vigente a partir del 28 de septiembre de 2026) estipula la adición de los apartados 12 y 13 al apartado 11 del artículo 3 del Decreto No. 69/2024/ND-CP que regula la identificación y autenticación electrónica de la siguiente manera:
12. La cuenta de bienestar social es información de identificación en la Aplicación Nacional de Identificación (VNeID), que permite al sujeto de identidad electrónica integrar información de cuenta de pago, billetera electrónica, cuenta de dinero móvil para recibir apoyo, pensiones, pagos de bienestar social y fondos legales.
El Artículo 5 del Decreto No. 320/2026/ND-CP modifica y complementa el Artículo 9 del Decreto No. 69/2024/ND-CP de la siguiente manera: Las agencias estatales, organizaciones políticas, organizaciones sociopolíticas realizan el pago de subsidios, pensiones, pagos de seguridad social y otros fondos legales del presupuesto estatal a través de transferencias a cuentas de bienestar social en la Aplicación Nacional de Identificación; excepto en los casos en que el beneficiario no haya creado una cuenta de bienestar social y no haya un documento de autorización para recibir, entonces los pagos de seguridad social se realizan de otra manera de acuerdo con las regulaciones.
Por lo tanto, a partir del 28 de septiembre de 2026, las personas que aún no tienen una cuenta para disfrutar de la seguridad social en VNeID seguirán recibiendo el pago único del seguro social a través de una cuenta bancaria.
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