En el Portal de Información Electrónica del Gobierno, los ciudadanos preguntan:
El punto d del apartado 1 del artículo 151 de la Ley de Tierras de 2024 establece que la tierra ha sido objeto de una decisión de recuperación de tierras por parte de la agencia estatal competente, excepto en los casos en que hayan pasado más de 03 años desde el momento de la decisión de recuperación de tierras y no se haya implementado.
Sin embargo, en la práctica ha habido conflictos sobre la comprensión, el Sr. N.T. H (Ciudad Ho Chi Minh) preguntó, ¿se entiende la frase "decisión de recuperación" como una decisión de recuperación general para todas las parcelas de tierra dentro del alcance del proyecto, o una decisión de recuperación separada específica según el procedimiento de recuperación, compensación específica para cada parcela de tierra, usuario de la tierra individual?
Más de 03 años sin implementar la recuperación, ¿cómo se entiende la frase "no implementar"?
El inversor dijo que ha completado el 40% y que todavía está implementando, no "no implementando" a pesar de estar retrasado durante 20 años.
La gente cree que hasta ahora no ha habido una decisión de recuperación específica para su parcela de tierra y no hay un plan de compensación, por lo que no pertenece al caso estipulado en el punto d, párrafo 1, Artículo 151 de la Ley de Tierras de 2024.
En el caso de que las agencias funcionales consideren que la tierra ya tiene una "decisión de recuperación general" de todo el proyecto, y al mismo tiempo se base en el informe de progreso del inversor para determinar que el proyecto todavía se está implementando, puede llevar a no aplicar la regulación sobre el caso de más de 3 años desde el momento de la decisión de recuperación de tierras que no se ha implementado. Según la gente, esta comprensión puede afectar los derechos legítimos de los usuarios de la tierra y no es consistente con el espíritu de eliminar las dificultades y obstáculos en los proyectos suspendidos.
El Sr. H reflejó los problemas que surgen en la práctica al aplicar el punto d, párrafo 1, Artículo 151 de la Ley de Tierras de 2024 y solicitó a las agencias funcionales que consideren ajustar o, si es necesario, tener directrices específicas para unificar la aplicación a nivel nacional.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
Con respecto a las regulaciones relacionadas con la "decisión de recuperación de tierras", en el Formulario No. 10 adjunto a la Circular No. 30/2014/TT-BTNMT de fecha 20 de junio de 2014, se estipula el modelo de decisión de recuperación de tierras de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Tierras de 2013.
En el Formulario No. 01c del Anexo emitido junto con el Decreto No. 102/2024/ND-CP de fecha 30 de julio de 2024 del Gobierno, se modificó al Formulario No. 47 del Anexo II emitido junto con el Decreto No. 151/2025/ND-CP de fecha 12 de junio de 2025 del Gobierno, se estipula el modelo de decisión de recuperación de tierras de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Tierras de 2024.
Por lo tanto, las Decisiones de recuperación de tierras emitidas por las autoridades competentes deben garantizar la forma y el contenido de acuerdo con las disposiciones de la ley de tierras.
En consecuencia, la Decisión sobre la recuperación de tierras entrará en vigor a partir de la fecha... mes... año... indicado en la Decisión sobre la recuperación de tierras.
En relación con el contenido de las disposiciones del punto d del apartado 1 del artículo 151 de la Ley de Tierras de 2024, actualmente el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene la tarea de presidir la elaboración y presentación para su promulgación de la Ley de Tierras (modificada).
En consecuencia, el Ministerio estudiará en el proceso de elaboración de documentos normativos legales para asesorar a las autoridades competentes para su consideración y decisión.