En el Portal de Información del Gobierno, los ciudadanos de Hue preguntan:
La familia de la Sra. N.T. N ha utilizado de forma estable una parcela de tierra en la localidad durante casi 30 años, sin disputas. Hasta ahora, la familia solo ha completado los trámites para solicitar el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra.
Recientemente, la Sra. N presentó un expediente a la autoridad competente. Los funcionarios de catastro vinieron a realizar la medición real de la parcela de tierra. La parcela de tierra de la Sra. N limita con otros dos hogares, un hogar estuvo presente, coordinó y presenció la medición y la firma de la confirmación de la limitación completa, el hogar restante tiene un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, pero actualmente el propietario del hogar está trabajando lejos, en la tierra solo hay una iglesia, no hay residentes permanentes, por lo que nadie se presenta para firmar la confirmación de la limitación. Debido a la falta de firma de confirmación de este hogar fronterizo, los funcionarios de catastro han pospuesto temporalmente la finalización de la medición y el expediente para emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra para la familia de la Sra. N.
Mientras tanto, su familia utiliza la tierra de forma estable y a largo plazo, sin disputas con los hogares vecinos, incluidos los hogares ausentes.
La Sra. N preguntó, en el caso de que el hogar vecino esté ausente y no pueda firmar la confirmación de la frontera, ¿qué trámites debe llevar a cabo su familia para continuar haciendo el Certificado? ¿Puede la agencia local basarse en el acta de confirmación in situ, la opinión de otros hogares vecinos o la confirmación del gobierno local para reemplazar la firma del hogar ausente? ¿Existe alguna regulación que guíe específicamente para casos similares para que la gente pueda completar los trámites para la emisión del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
En el punto c, párrafo 3, Artículo 13 de la Circular No. 26/2024/TT-BTNMT de fecha 26 de noviembre de 2024, se estipula la elaboración de una descripción de límites y mojones de la parcela de tierra en los casos en que el usuario de la tierra adyacente esté ausente durante todo el tiempo de medición o el usuario de la tierra adyacente esté presente pero no participe en la determinación de los límites y los límites no estén en disputa de la siguiente manera:
c) En el caso de que los usuarios de la tierra, los usuarios de la tierra adyacentes estén ausentes durante todo el tiempo de medición o los usuarios de la tierra adyacentes estén presentes pero no participen en la determinación de los límites y los límites no estén en disputa, la determinación de los límites y el establecimiento de la descripción de los límites, los hitos de la parcela de tierra serán realizados por la unidad de medición, las partes relacionadas restantes y el guía de la medición y firmados para su confirmación; la unidad de medición transfiere la descripción de los límites, los hitos de la parcela de tierra que se ha elaborado al Comité Popular a nivel de comuna para notificar y divulgar públicamente en la sede del Comité Popular a nivel de comuna y la casa cultural de la aldea (aldea, aldea, aldea, aldea, pueblo, aldea, grupo vecinal y punto residencial similar) donde se encuentra la tierra.
Si después de 15 días a partir de la fecha de notificación y listado, el usuario de la tierra, el usuario de la tierra adyacente no está presente para firmar la confirmación o después de 10 días a partir de la fecha en que el usuario de la tierra, el usuario de la tierra adyacente recibe la descripción de los límites, los hitos de la parcela de tierra sin firmar la confirmación, y al mismo tiempo no hay un documento que muestre que haya una disputa de límites de la parcela de tierra, la unidad de medición junto con el Comité Popular a nivel comunal elabora un acta sobre estos casos y registra claramente "ausencia" o una razón específica de que el usuario de la tierra, el usuario de la tierra adyacente no firme la confirmación en la descripción de los límites, los hitos de la parcela de tierra; los límites de la parcela de tierra se determinan de acuerdo con la descripción de los límites, los hitos de la parcela de tierra que se ha elaborado para la medición detallada;".
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente solicita información para que usted lo sepa y se ponga en contacto con las autoridades competentes locales para obtener orientación y resolución de acuerdo con las regulaciones legales.