El articulo 49 del Decreto No. 170/2025/ND-CP regula las opiniones y evaluaciones para los funcionarios publicos rotatorios de la siguiente manera:
1. El Comite del Partido el Comite del Partido el colectivo de lideres y el jefe de la agencia que vienen llevan a cabo comentarios y evaluaciones periodicas anuales o de acuerdo con los requisitos de la autoridad competente para los funcionarios publicos transferidos; informar a la autoridad competente de acuerdo con las regulaciones; al mismo tiempo enviar a la agencia de destino el organismo asesorando sobre la organizacion y los funcionarios para coordinar y supervisar de acuerdo con las regulaciones.
2. Cuando se acabe el tiempo de rotacion o cuando se proponga la asignacion de otros trabajos:
a) Los funcionarios publicos desplazados autocriticos sobre el proceso de trabajo durante el periodo de desplazamiento;
b) El colectivo de lideres y el comite del partido y la agencia del lugar que vienen a comentar y evaluar a los funcionarios transferidos durante su tiempo de trabajo en la localidad la agencia la organizacion la unidad;
c) Asignar la autoridad competente para decidir la rotacion de comentarios y evaluaciones.
3. El Comite del Partido el Comite del Partido y el colectivo de lideres de agencias organizaciones y unidades son responsables ante el nivel competente de sus comentarios evaluaciones y conclusiones sobre los funcionarios publicos rotatorios.