La Circular No. 19/2026/TT-BGDĐT del Ministerio de Educación y Formación que modifica y complementa algunos artículos de la Circular 29/2024/TT-BGDĐT que regula las clases particulares entrará en vigor a partir del 15 de mayo de 2026.
Uno de los nuevos puntos de la Circular es la abolición de los Artículos 10 y 11 de la Circular 29/2024/TT-BGDĐT. En comparación con las regulaciones, los 2 Artículos abolidos son los siguientes:

Artículo 10. Responsabilidades del Comité Popular de Distrito
1. Ser responsable de la gestión de las actividades de enseñanza adicional y aprendizaje adicional en el área.
2. Guiar e inspeccionar la implementación de las regulaciones sobre clases particulares en el área; manejar o proponer a las agencias competentes que manejen las violaciones.
3. Dirigir al Comité Popular a nivel comunal para que supervise e inspeccione el cumplimiento de las disposiciones de la ley sobre horas de trabajo, horas extras y las disposiciones de la ley sobre seguridad, orden, seguridad, higiene ambiental, prevención de incendios y explosiones por parte de organizaciones e individuos que imparten clases particulares fuera de las escuelas en el área.
Artículo 11. Responsabilidades del Departamento de Educación y Formación
1. Presidir y coordinar con las agencias relevantes la implementación de la gestión de clases particulares y aprendizaje adicional en el área.
2. Guiar y organizar la implementación de las regulaciones sobre clases particulares para escuelas, organizaciones e individuos relacionados dentro del alcance de la gestión.
3. Organizar o coordinar con las agencias relevantes para organizar inspecciones de las actividades de enseñanza adicional y aprendizaje adicional en el área de gestión; manejar de acuerdo con la autoridad o solicitar a la agencia competente que maneje las violaciones.
La Circular 29/2024/TT-BGDĐT, que entró en vigor a mediados de febrero de 2025, estipula que las escuelas secundarias y preparatorias solo pueden dar clases particulares (gratuitas) para 3 grupos: Estudiantes con resultados académicos de las asignaturas del último semestre consecutivo no alcanzados; Estudiantes seleccionados para la formación de estudiantes excelentes; Estudiantes de último grado (9o, 12o grado) que se preparan para los exámenes.
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