En el Portal de Información del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, los ciudadanos envían preguntas:
Tengo una parcela de tierra residencial que se espera que se separe en 3 parcelas de tierra diferentes, sin embargo, solo una parcela de tierra después de la separación está adyacente a la carretera de tráfico. Las dos parcelas de tierra restantes, aunque no están adyacentes a la carretera de tráfico, el propietario de la parcela de tierra adyacente ha redactado un documento (con firma certificada en el Comité Popular a nivel comunal) permitiéndome usar su parcela de tierra residencial para hacer un camino de acceso a la carretera de transporte público (esta parcela de tierra ya tiene un camino existente en la tierra).
Considerando otras condiciones sobre la división de parcelas de tierra, las parcelas de tierra que se espera que se formen después de la división están todas garantizadas de acuerdo con las regulaciones del Estado y las regulaciones emitidas por el Comité Popular Provincial.
Entonces, con el documento del usuario de la tierra adyacente mencionado anteriormente, ¿mi familia ha cumplido con las condiciones sobre el "camino" según lo estipulado en el párrafo 3 del Artículo 11 de la Resolución No. 254/2025/QH15 de la Asamblea Nacional de fecha 11 de diciembre de 2025?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene la siguiente opinión:
El contenido reflejado por usted es un caso específico y debe basarse en el expediente de archivo, las regulaciones específicas de la localidad emitidas bajo su autoridad para su consideración y resolución; por lo tanto, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente no tiene suficiente información y base para responder específicamente. El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente desea mencionar algunos principios como los siguientes:
Según el contenido proporcionado, las 2 parcelas de tierra que se espera que se formen después de la separación no están adyacentes a las vías públicas, pero el usuario de la tierra adyacente ha redactado un documento aceptando que usted pase por su parcela de tierra para conectarse a las vías públicas; el documento ha sido certificado por la firma en el Comité Popular a nivel comunal; en realidad ya hay un camino.
De acuerdo con el párrafo 3 del Artículo 11 de la Resolución No. 254/2025/QH15 de fecha 11 de diciembre de 2025 de la Asamblea Nacional, se estipula: la división de parcelas de tierra, la fusión de parcelas de tierra de acuerdo con el punto d del párrafo 1 del Artículo 220 de la Ley de Tierras debe garantizar que haya un camino de acceso conectado a la vía pública o que el usuario de la tierra adyacente esté de acuerdo en pasar para conectar con la vía pública.
El artículo 220 de la Ley de Tierras regula la división y consolidación de parcelas de tierra; en consecuencia, la división de parcelas de tierra debe cumplir con las condiciones estipuladas por la Ley y las condiciones específicas estipuladas por el Comité Popular Provincial de acuerdo con la autoridad en el párrafo 4 de este Artículo.
Actualmente, de acuerdo con las regulaciones del Artículo 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP, el Gobierno ha asignado al Comité Popular Provincial para que regule el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra para organizar la implementación en la localidad. Por lo tanto, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente solicita a usted que envíe comentarios y recomendaciones al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente donde se encuentra la tierra para obtener orientación sobre la implementación.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa para que usted sepa e investigue la implementación.