El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente recibió una propuesta de los votantes de la provincia de Thanh Hoa con el contenido: "Los votantes de la comuna de Ha Long solicitan enmendar el Artículo 56 del Decreto No. 102/2024/ND-CP de fecha 30 de julio de 2024 del Gobierno, permitiendo la firma de contratos sin subasta para los casos que ya han alquilado y están alquilando tierras, permitiendo la prórroga de los contratos para las tierras agrícolas que ya han sido invertidas, la mejora de la producción ya no es como la parcela de tierra original alquilada".
Sobre esta propuesta, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa a la Delegación de la Asamblea Nacional y a los votantes de la provincia de Thanh Hóa de la siguiente manera:
El apartado 2 del artículo 179 de la Ley de Tierras de 2024 ha estipulado que el fondo de tierras agrícolas se utiliza para fines de utilidad pública de comunas, barrios y pueblos para los siguientes fines: (1) Construcción de obras culturales, deportivas, recreativas públicas, sanitarias, educativas, mercados, cementerios y otras obras públicas invertidas, gestionadas y utilizadas por el Comité Popular a nivel comunal; construcción de casas de gratitud, casas de caridad, casas de gran unidad; (2) Compensación a las personas cuyas tierras son recuperadas al construir obras culturales, deportivas, recreativas públicas, sanitarias, educativas, mercados, cementerios y otras obras públicas invertidas, gestionadas y utilizadas por el Comité Popular a nivel comunal; construcción de casas de gratitud, casas de caridad, casas de gran unidad.
En el párrafo 3 del Artículo 179 de la Ley se estipula que para este fondo que no se ha utilizado para fines públicos, el Comité Popular a nivel comunal alquila a particulares en la localidad para la producción agrícola y la acuicultura en forma de subasta. El plazo de uso de la tierra para cada arrendamiento no supera los 10 años.
El artículo 56 del Decreto No. 102/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno que detalla la implementación de algunos artículos de la Ley de Tierras (modificado y complementado en el apartado 10 del artículo 4 del Decreto No. 226/2025/ND-CP de 15 de agosto de 2025) regula la subasta de derechos de uso de la tierra para áreas de tierra agrícola no utilizadas para fines de utilidad pública. La Ley de Tierras de 2024 ha permitido que los fondos de tierra agrícola utilizados para fines de utilidad pública que se hayan establecido de acuerdo con las disposiciones de la ley de tierras a lo largo de los períodos sigan utilizándose para satisfacer las necesidades de utilidad pública de la localidad.
En caso de que la localidad ya no necesite utilizar este fondo de tierras para fines de beneficio público de la localidad, elaborar un plan para eliminarlo del fondo de tierras para fines de beneficio público de la localidad para asignar tierras, arrendar tierras con el fin de explotar los recursos de la tierra para el desarrollo socioeconómico de la localidad de acuerdo con la planificación, el plan de uso de la tierra aprobado por la autoridad competente.